Mar 5, 2021 | Editorial, Noticias
En esta columna de opinión, el Comisionado de la CIJ, Rodrigo Uprimny, discute si las patentes de las vacunas COVID-19, que favorecen los intereses de propiedad intelectual de los productos farmacéuticos, tienen un costo inaceptable para proteger la vida y la salud de millones de personas. El Comisionado Uprimny también es Investigador en Dejusticia y miembro del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales..
Esta columna se publicó por primera vez en El Espectador, el 27 de febrero de 2021.
¿Por qué, me preguntaron en una conversación informal, tenemos que esperar todo este tiempo a que nos lleguen las vacunas contra COVID-19, mientras que la economía sigue mal y muere tanta gente, si ya hay muchas vacunas seguras y efectivas? ¿Es que acaso nosotros no podemos producirlas?
La respuesta a esta sencilla pero esencial pregunta es que el problema no es técnico sino político.
Tal vez Colombia no pueda técnicamente producir algunas de esas vacunas, como las basadas en el ARN mensajero, pero muchos otros países podrían hacerlo, incluso varios del Sur global, como India, Argentina o Brasil. Como lo ha mostrado Médicos sin Fronteras, no hay un obstáculo técnico a que una producción masiva mundial permita en pocos meses tener vacunas suficientes para todos los 7.800 millones de seres humanos.
El obstáculo es jurídico y político. Es la propiedad intelectual que prevé patentes para las farmacéuticas que crearon esas vacunas, que es un monopolio temporal, en general de 20 años, conforme al cual nadie puede producir esas vacunas, en ese período, sin su permiso. Y por eso esas empresas pueden también imponer precios y condiciones.
Las patentes son defendidas por los países ricos, que es en donde están domiciliadas muchas de esas farmacéuticas. El argumento es que sin patentes no habría innovación pues las empresas no tendrían incentivos para investigar y lograr nuevos productos.
No voy a controvertir acá esa defensa de la propiedad intelectual, que es muy discutible, sino que planteo esta pregunta: incluso si las patentes fueran buenas y ayudaran a la innovación, ¿es justo que hoy se mantengan intactas frente a COVID-19 si eso impide el acceso rápido a vacunas en todo el planeta?
La respuesta es negativa pues no sólo condenamos a morir a millones de personas, sino que además el riesgo epidemiológico es altísimo. Cada contagio es un riesgo de una nueva mutación del coronavirus. Nada excluye entonces que lleguemos a variantes que escapen a las vacunas actuales. O que surja y se extienda alguna variante letal para los niños, que por ahora han logrado escapar al efecto devastador de la pandemia.
Por eso, sin cuestionar la propiedad intelectual como tal, Sudáfrica y la India propusieron ante la Organización Mundial del Comercio, que es el foro internacional sobre estos temas, una exención temporal (o “waiver”) frente a las patentes de vacunas y tratamientos para COVID-19, al menos mientras se controla la pandemia. Podría incluso preverse alguna compensación justa a las empresas que descubrieron las vacunas, descontando obviamente el inmenso apoyo financiero que recibieron de dineros públicos.
Esta exención temporal es imprescindible pues las flexibilidades hoy previstas frente a las patentes, como las licencias obligatorias, son demasiado rígidas y limitadas para enfrentar esta crisis. Sólo el waiver permitirá que empresas y Estados con las capacidades técnicas suficientes se pongan a producir masivamente las vacunas necesarias, sin temer sanciones drásticas por violar patentes.
Esa propuesta enfrenta la resistencia de ciertos países del norte, pero ha recibido un apoyo creciente de muchos Estados y organizaciones científicas y humanitarias. Sin embargo, el gobierno Duque se ha abstenido de apoyarla con el vergonzoso argumento de que necesita más evidencia. ¿Más evidencia de qué? ¿No es obvio que hoy no hay suficientes vacunas pudiendo técnicamente haberlas y que las que hay están yendo sobre todo a los países ricos? ¿Y que eso se debe en gran parte a las patentes sobre las vacunas, que lejos de ser un premio justo a la innovación parecen hoy más patentes de corso a favor de las farmacéuticas, por la muerte que están provocando en el mundo?
Download the Op-Ed in English and Spanish.
ICJ Statements on Vaccine Access:
Global: “ICJ calls on States to ensure human rights compliant access to COVID-19 vaccines (UN Statement)”: (1 March 2021) https://www.icj.org/icjhrcgd2covid19/
Global: “ICJ urges the UN Committee on Economic, Social and Cultural Rights to call on States to comply with their obligations to ensure equitable access to vaccines for all” (15 Feb 2021): https://www.icj.org/icj-urges-the-un-committee-on-economic-social-and-cultural-rights-to-call-on-states-to-comply-with-their-obligations-to-ensure-equitable-access-to-vaccines-for-all/
Peru: “The COVID-19 vaccine demands international and national solidarity” (23 Feb 2021): https://www.icj.org/the-covid-19-vaccine-demands-international-and-national-solidarity/
Africa: “The ICJ recommends that the African Union acknowledge COVID-19 vaccines are a “public good” (4 Feb 2021): https://www.icj.org/the-icj-recommends-that-the-african-union-acknowledge-covid-19-vaccines-are-a-public-good/
Zimbabwe: “The ICJ and ZimRights ask for urgent intervention on access to COVID-19 vaccines from African Commission Mechanism” (19 Feb 2021): The ICJ and ZimRights ask for urgent intervention on access to COVID-19 vaccines from African Commission Mechanism
Further reading:
UN Special Procedures: “COVID-19: UN experts urge WTO cooperation on vaccines to protect global public health” (1 March 2021): https://www.ohchr.org/EN/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=26817&LangID=E
UN Special Procedures: “Statement by UN Human Rights Experts Universal access to vaccines is essential for prevention and containment of COVID-19 around the world” (9 Nov 2020): https://www.ohchr.org/EN/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=26484&LangID=E
UN CESCR Committee: “Statement on universal and equitable access to vaccines for the coronavirus disease (COVID-19)” (27 Nov 2020) https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=E/C.12/2020/2&Lang=en
IACHR and its SRESCER: “IACHR and its SRESCER Call on American States to Make Public Health and Human Rights the Focus of All their Decisions and Policies Concerning the COVID-19 Vaccine” (5 Feb 2021): http://www.oas.org/en/IACHR/jsForm/?File=/en/iachr/media_center/PReleases/2021/027.asp
Feb 23, 2021 | Editorial, Noticias
Una opinión editorial de César Landa, Comisionado de la CIJ
Desde el 2020 la pandemia del Covid-19 ha dejado millones de infectados y muertos en el mundo. Frente a ello, la rápida producción de las vacunas en algunos de los países centrales occidentales, su autorización de emergencia por sus gobiernos, y la inequitativa distribución a nivel internacional y nacional ha puesto en evidencia graves problemas al Estado de Derecho en la protección del derecho a la salud.
El acceso a las vacunas, al ser un bien escaso y con una alta demanda en el mundo, es mostrado como un logro nacional por los gobiernos latinoamericanos, como en el caso del Perú. Pero, es el caso señalar que desde los ensayos clínicos de la vacuna Sinopharm, la prensa peruana ha descubierto que, entre setiembre y enero, se han beneficiado de la vacunación de forma anticipada y en secreto, cerca de 500 personajes de la élite política peruana, como el ex Presidente Vizcarra, dos ministras, candidatos al Congreso, etc; autoridades de las dos universidades encargadas de los ensayos clínicos, y; la alta burocracia del Ministerio de Salud y la Cancillería, entre otros. Claro está, desplazando al personal médico y a las poblaciones vulnerables más necesitadas de la vacuna.
Lo cual pone en evidencia la necesidad de atender la cuestión de la vacuna como un medicamento esencial con un enfoque de derechos humanos, esto es de acceso universal y equitativo, como ha postulado la CIJ. Lo cual demanda de ciertos estándares en la compra de las vacunas –eficaces y seguras-. Por ejemplo, la compra a distintos proveedores; que las negociaciones sean transparentes –sin cláusulas de confidencialidad- para evitar diferentes prácticas de corrupción; que se garantice el acceso no discriminatorio a las vacunas para todas las personas, incluidas las más vulnerables –indocumentadas, presos, etc.-, y; se desarrolle instancias de control de los procesos de vacunación público y privado, con acceso a recursos judiciales efectivos en casos de violación del derecho del acceso equitativo a la vacuna.
La vacunación masiva contra el Covid-19, tanto en el hemisferio norte como en el hemisferio sur, es una de las medidas sanitarias principales para evitar la propagación de una siguiente ola del virus a escala mundial. Más aún, ayudará a revertir los graves efectos que la pandemia tiene para el pleno ejercicio de las libertades y derechos clásicos –libertad de tránsito, derecho de reunión, libertad personal, etc.-, como sobre todo para los derechos económicos, sociales y culturales –salud, trabajo, educación, etc.-, especialmente para las poblaciones más vulnerables.
Es imposible garantizar que todo el mundo tenga acceso inmediato a una vacuna contra la COVID-19. Pero, tampoco es posible que a la fecha más de 130 países no hayan recibido/adquirido alguna de las vacunas. Lo cual, en buena medida, es el resultado de que diez países han acaparado la adquisición del 75% del total de las vacunas en el mundo, según lo ha informado el Secretario General de las Naciones Unidas.
La producción y distribución masiva de las vacunas implica enormes costos financieros, por ello, solo los países centrales occidentales pueden invertir en los laboratorios de las grandes corporaciones químico-farmacéuticas. Solo así, se han podido desarrollar en tiempo récord las vacunas que cuentan con consolidados procedimientos administrativos y sanitarios de control e incluso de emergencia para validarlas. También han entrado en competencia las vacunas de países en desarrollo como China, Rusia e India. Las cuales cuentan con procesos paralelos o autónomos de investigación, producción, validación y comercialización de sus vacunas.
De modo que, se presentan dos desafíos a ser resueltos en el marco de los derechos humanos universales. Uno, la implementación de un sistema internacional de protección de la salud que promueva la distribución de la vacuna a los países en desarrollo y más vulnerables que aún no han importado ninguna vacuna, utilizando el Mecanismo Mundial de Vacunas COVAX, respaldado por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Dos, la prioridad nacional para las primeras vacunas es al personal sanitario y a los trabajadores que prestan los cuidados de emergencia. Asimismo, tienen prioridad las personas que presentan mayores riesgos de desarrollar una afección grave si se infectan con el Covid-19. Esto cubre cualquier causa como la edad, la existencia de patologías previas y la pobreza. También incluye a los pueblos indígenas, las minorías raciales, los migrantes, los refugiados, los desplazados, los reclusos y otras poblaciones marginadas y desfavorecidas.
Aunque, por el momento, la vacuna es un bien esencial y escaso, ello no justifica a los gobernantes a garantizar la salud y/o vida de sus ciudadanos de manera exclusiva. La humanidad no puede retornar, incluso transitoriamente, a un estado de naturaleza hobbesiano, donde “el hombre es lobo del hombre”; sino que, precisamente en estas aciagas circunstancias para la salud y la vida de miles de millones de seres humanos, corresponde apelar a la solidaridad internacional basada en la dignidad humana.
Descarga la opinión editorial en Inglés y Español.
Feb 6, 2021 | Comunicados de prensa, Noticias
La reciente, continuada e injustificada detención de cinco miembros de la ONG venezolana “Azul Positivo” es un hecho más de una serie de amenazas, hostigamientos, ataques, restricciones, represalias y procesos penales contra las organizaciones de la sociedad civil y las personas defensoras de los derechos humanos venezolanas, que se ha intensificado desde noviembre de 2020.
En los últimos meses y semanas, agentes del Estado han entrado por la fuerza en las oficinas de las organizaciones de la sociedad civil; se han proferido amenazas públicas contra las personas defensoras que han interactuado con los mecanismos de derechos humanos, se han congelado las cuentas bancarias de las ONG y se han emitido órdenes de detención contra lxs trabajadorxs humanitarixs.
La sociedad civil venezolana opera en un contexto de graves obstáculos legales y administrativos, con leyes nacionales utilizadas para atacar a las personas defensoras de los derechos humanos, como la “Ley contra el Odio”, o que tienen el efecto de limitar las operaciones de las ONG y restringir su acceso a la financiación, esencialmente bloqueando el trabajo de muchas organizaciones vitales para las y los venezolanos necesitados.
En una declaración pública, varixs expertxs independientes en derechos humanos de la ONU y expertxs regionales han descrito las amenazas y las medidas adoptadas contra la sociedad civil venezolana desde noviembre de 2020 como una “persecución y estigmatización sistemáticas”.
Es esencial que las organizaciones humanitarias y de derechos humanos que responden a las graves crisis humanitarias y de derechos humanos en el país, que presionan para que se rindan cuentas por las violaciones y los abusos y para que se devuelvan las garantías que ofrecen las instituciones y los procesos democráticos, puedan realizar su trabajo sin miedo ni obstáculos.
Las personas defensoras de los derechos humanos son críticos, constructivos y esenciales para la promoción de la democracia y el funcionamiento del Estado de derecho. Los intentos de silenciarlos y acobardarlos son contraproducentes y vergonzosos. Instamos a las autoridades venezolanas a que garanticen el cese del hostigamiento y las amenazas contra las personas venezolanas y a que se respeten todas las garantías jurídicas internacionales. Hacemos un llamamiento a todos los Estados y a los organismos y agencias de la ONU para que apoyen activamente a las organizaciones de la sociedad civil, a las personas defensoras y a las y los activistas, y para que se pronuncien con fuerza y coherencia a favor del derecho a defender los derechos humanos en Venezuela y en todo el mundo.
Nos inspira el compromiso y el valor diarios de las personas defensoras de los derechos humanos y lxs trabajadorxs humanitarixs venezolanxs y nos solidarizamos con nuestrxs socixs y amigxs venezolanxs.
Amnistía Internacional
Centro por la Justicia y Derecho Internacional
CIVICUS
Civil Rights Defenders
Conectas Diretos Humanos
Freedom House
Global Centre for the Responsibility to Protect Human Rights Watch
International Commission of Jurists
International Service for Human Rights
People in Need
Washington Office on Latin America (WOLA)
Jan 15, 2021 | Comunicados de prensa, Noticias
Las recientes campañas de estigmatización, hostigamientos y operativos contra medios de comunicación en Venezuela constituyen una arremetida contra la libertad de expresión e información y atentan contra la importante contribución que estos medios realizan para darle visibilidad a las violaciones de derechos humanos cometidas por las autoridades venezolanas.
Estos ataques se producen después de otros incidentes de hostigamiento a otras organizaciones y pueden ser parte de una campaña más amplia contra la sociedad civil en Venezuela, en la que las autoridades atentan contra la labor de defensa de derechos humanos que realizan estos grupos.
El medio de comunicación Efecto Cocuyo, la cadena de radios comunitarias Fe y Alegría, así como el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa, VPI TV y el diario Panorama, entre otros medios de comunicación, se convirtieron en el blanco de campañas estigmatizantes y operativos de fiscalización por parte de las autoridades que responden a Nicolás Maduro. Según la organización venezolana de derechos humanos Provea, durante los primeros ocho meses del estado de alarma declarado por la pandemia han sido detenidos 66 periodistas y trabajadores de medios de comunicación en Venezuela.
Desde el 6 de enero de 2021, medios de comunicación independientes como Efecto Cucuyo y El Pitazo fueron señalados primero por medios privados con una línea editorial afín al gobierno y luego por las autoridades, incluido el propio Maduro, de servir para “injerencia” extranjera por recibir cooperación internacional. Al mismo tiempo, el canal digital de noticias VPI TV fue sometido a una ardua fiscalización y a la incautación de sus equipos en su sede en Caracas, lo que provocó el cierre “momentáneo” de sus operaciones.
El 8 de enero, el diario Panorama dio a conocer en sus redes sociales que había sido clausurado por cinco días por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), bajo el argumento de “incumplimiento a deberes formales de leyes tributarias”. La clausura fue acatada por el medio de comunicación.
Otros medios han sido objeto de ataques por parte de personas desconocidas durante el mismo período. Ejemplo de ello fue el reporte del periódico digital Tal Cual el 8 de enero, qué informó de un ataque digital de tres horas en su contra, durante las cuales hubo dificultades para acceder a su página web.
El gobierno de Nicolás Maduro frecuentemente usa señalamientos y otras formas de hostigamiento para amedrentar e intentar silenciar a quienes lo critican, expresan ideas contrarias a sus políticas, o denuncian violaciones de derechos humanos, e incluso contra actores humanitarios, atentando contra el derecho a la libertad de expresión.
Estos patrones de hostigamiento se pueden traducir en ataques graves contra la integridad, libertad y garantías judiciales de defensores de derechos humanos y periodistas. Según la Alta Comisionada para los Derechos Humanos Michelle Bachelet, en Venezuela “los periodistas y los defensores de los derechos humanos que critican al Gobierno siguen siendo objeto de intimidación y difamación pública” y existen “restricciones a la libertad de expresión” que incluyen la “aplicación de la legislación en contra del odio, ataques en contra de defensores de derechos humanos y detenciones de periodistas”.
Las violaciones a los derechos humanos ocurren de forma sistemática y generalizada en Venezuela, y la Misión de Determinación de los Hechos de las Naciones Unidas encontró “motivos razonables para creer que en Venezuela se cometieron crímenes de lesa humanidad” entre 2014 y 2020.
Las autoridades tienen la responsabilidad de prevenir estos hostigamientos y ataques, y abstenerse de alentarlos o realizarlos. La ocurrencia y recurrencia de este tipo de actuaciones, como la persecución en contra de defensores y periodistas, su detención ilegal o arbitraria, así como la eventual criminalización de la cooperación internacional que promueve la promoción y defensa de derechos humanos, incluida la libertad de expresión, podrían conducir a que se cometan otras graves violaciones de derechos humanos, incluyendo eventuales crímenes de derecho internacional.
Las organizaciones firmantes condenamos estos hechos y exigimos firmemente a las autoridades bajo el mando de Nicolás Maduro que pongan fin a los hostigamientos y ataques contra los medios de comunicación, periodistas y defensores de derechos humanos; igualmente solicitamos que garanticen no solo su labor informativa y el ejercicio de la libertad de expresión, sino también su contribución a visibilizar los abusos y las violaciones a derechos humanos que se cometen en Venezuela.
Organizaciones firmantes:
Amnistía Internacional
Comisión Internacional de Juristas
Conectas
Human Rights Watch
Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA)
Dec 8, 2020 | Editorial, Noticias
Una opinión editorial de Carolina Villadiego Burbano, Asesora Legal para America Latina de la CIJ, y Carlos Lusverti, Consultor de la CIJ.
Los derechos humanos de las mujeres se han visto severamente afectados durante la pandemia de COVID-19 alrededor del mundo y Venezuela no es una excepción a esta tendencia. En medio de la crisis de derechos humanos generalizada que el país atraviesa desde 2014, y que ha tenido un impacto desproporcionado en mujeres y niñas, la COVID-19 y las medidas extraordinarias adoptadas por el gobierno para atender la pandemia han agravado la situación de derechos humanos de las mujeres.
En octubre de 2020, esta situación fue reconocida por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
Teniendo en cuenta lo anterior, en este texto analizamos las afectaciones al derecho a la salud y al derecho a una vida libre de violencia que enfrentan las mujeres en Venezuela durante la pandemia, con el objetivo de presentar algunas recomendaciones.
La salud de las mujeres está en riesgo
De acuerdo con la Comisión Económica para America Latina (CEPAL), las mujeres en Latinoamérica están significativamente afectadas durante la pandemia, y en el sistema de salud “representan el 72,8% del total de personas ocupadas en ese sector en la región.”
En Venezuela, el sistema de salud ya se encontraba en estado crítico antes que la pandemia envolviera al país, y la COVID-19 ha agravado la situación.
Durante varios años, distintas instituciones y organizaciones han descrito el terrible estado del sistema de salud en el país, y desde que estalló la pandemia, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y Human Rights Watch han mencionado la necesidad de proteger el derecho a la salud de las personas en Venezuela; la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha dado declaraciones similares.
Durante la pandemia, los limitados servicios de salud fueron direccionados principalmente a atender la COVID-19.
Esto tuvo como resultado una disminución del acceso a los servicios de salud no relacionados con COVID-19, incluidos aquellos necesarios para la atención en salud sexual y reproductiva y para mujeres gestantes.
Así, un grupo de 91 organizaciones de la sociedad civil y varias personas expresaron su preocupación por casos de mujeres embarazadas con sospechas de COVID-19 a quienes se les habría negado la atención oportuna, así como la suspensión de servicios pre y post natales en los centros de salud materna.
Este grupo destacó la necesidad de que las autoridades garanticen los derechos de las mujeres y niñas, incluyendo la atención en salud sexual y reproductiva.
Además, en cantidades alarmantes, las mujeres son responsables principales del cuidado de personas dependientes o que necesitan cuidado en el hogar, lo que las ha expuesto a riesgos adicionales durante la pandemia.
La Asociación Venezolana de Educación Sexual Alternativa (AVESA), una ONG local, ha documentado cómo las medidas de encierro y cuarentena han incrementado las tareas domésticas y han profundizado los problemas económicos que las mujeres ya estaban experimentando antes de la pandemia.
Las autoridades venezolanas deben actuar de manera más efectiva para proteger los derechos de las mujeres durante la pandemia de conformidad con sus obligaciones legales derivadas del derecho internacional de los derechos humanos.
En efecto, Venezuela es parte de varios tratados de derechos humanos que prevén estas obligaciones, incluyendo la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (“Convención de Belém do Pará”) y la Convención de la ONU sobre la Eliminación de todas las Formas de discriminación contra la mujer (“CEDAW” por sus siglas en inglés).
El Comité de la CEDAW ha declarado que los Estados deben “[a]bordar el impacto desproporcionado de la pandemia en la salud de la mujer”; “[g]arantizar los servicios de salud sexual y reproductiva en tanto servicios esenciales”; “[p]roteger a las mujeres y niñas de la violencia de género”; y “[f]ortalecer la respuesta institucional, la difusión de información y la recopilación de datos”, entre otras recomendaciones.
Adicionalmente, las autoridades venezolanas deben adoptar políticas para la prevención y tratamiento de la COVID-19 con perspectiva de género, considerando un enfoque interseccional y los diferentes contextos en los que las mujeres pueden vivir en Venezuela, incluyendo la situación de pobreza.
Además, las autoridades deben asegurar la asignación adecuada de recursos al sistema de salud, garantizar el derecho a la salud del personal de la salud, y brindar servicios de salud sexual y reproductiva para todas las mujeres.
El hogar es un lugar inseguro para las mujeres
En 2019, organizaciones de la sociedad civil venezolana reportaron que en el 58.6% de los casos de violencia contra las mujeres, los perpetradores fueron sus parejas. Adicionalmente, en un 7,7% de los casos, los ataques fueron perpetrados por exparejas. De acuerdo con el monitoreo de medios que realiza COTEJO, durante ese año, 107 mujeres fueron víctimas de feminicidios.
El representante en Venezuela del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) dijo que, durante el primer semestre de 2020, ocurrieron más feminicidios que muertes por COVID-19. Por su parte, el Ministerio Público reportó el ingreso de 185 causas del delito de feminicidio durante 2020.
De otro lado, desde el inicio de la pandemia y hasta comienzos de octubre, la mayoría de juzgados y tribunales estuvieron cerrados, por lo cual, las mujeres han enfrentado mayores obstáculos para acceder a la justicia durante la pandemia.
Además, la Oficina de la ACNUDH dijo en julio que ha observado “una falta de diligencia debida en los procesos de investigación relativos a casos de violencia de género” en Venezuela.
Asimismo, según informó el Centro de Justicia y Paz (CEPAZ), una ONG local, existen varios obstáculos para el acceso a la justicia de las mujeres, incluida la evasión de las responsabilidades policiales cuando las mujeres acuden a presentar denuncias o la falta de respuestas rápidas por parte las fiscalías que dan lugar a que las víctimas tengan que pedir información de manera reiterada.
Por este motivo, las autoridades venezolanas deben abordar la violencia de género de conformidad con sus obligaciones legales derivadas del derecho internacional, incluyendo aquellas contenidas en la Convención Interamericana de Belem Do Pará que enfatiza que el Estado debe “actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer” (artículo 7b).
Asimismo, las autoridades venezolanas deben garantizar que el sistema de justicia brinde servicios a las mujeres víctimas de violencia de género, e incluir la adopción de protocolos específicos para la investigación efectiva y la protección de las víctimas.
Las autoridades deben cumplir la reciente sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (caso Lopez Soto de 2018), y deben implementar programas de capacitación permanentes y obligatorios para los servidores públicos que laboran en el sistema judicial y en el sistema de salud, y que intervienen en los casos de mujeres víctimas de cualquier tipo de violencia.
Finalmente, las autoridades venezolanas deben permitir la acción legítima de las organizaciones humanitarias, quienes pueden brindar ayuda humanitaria con perspectiva de género durante la pandemia.
Nov 18, 2020 | Eventos, Noticias, Publicaciones
ICJ y sus socios han publicado hoy la Guía “Lucha contra el terrorismo y promoción y protección de derechos humanos ante los tribunales: Orientación a jueces, fiscales y abogados sobre la aplicación de la Directiva (UE) 2017/541 de la Unión Europea relativa a la lucha contra el terrorismo”
La Guía, publicada por la Comisión Internacional de Juristas y sus socios Human Rights in Practice, Nederlands Juristen Comité voor de Mensenrechten (NJCM) y Scuola Superiore Sant’Anna, aborda la interpretación y aplicación adecuada de la Directiva de la Unión Europea (UE) en la práctica a lo largo de la investigación, el proceso de juicio y sentencia, de conformidad con conformidad con estándares internacionales y de la UE en cuanto a derechos humanos así como la ley internacional de derechos humanos.
La Guía a jueces, fiscales y abogados sobre la aplicación de la Directiva (UE) 2017/541 de la Unión Europea relativa a la lucha contra el terrorismo se preparó como parte del proyecto JUSTICE, sobre la base y con la experiencia de los participantes en las mesas redondas organizadas en 2019 en toda la UE (en Pisa, Madrid, La Haya, Bruselas). Entre esos participantes figuraron jueces, fiscales, abogados y otros expertos jurídicos de los Estados miembros de la Unión Europea; también se realizaron estudios y consultas a nivel nacional en Bélgica, Alemania, España, Francia, Italia y los Países Bajos. Este proyecto también contó con el apoyo de varios socios: Magistrados Europeos para la Democracia y las Libertades (MEDEL), Juezas y Jueces para la Democracia en España, y Neue Richtervereinigung en Alemania.
La Guía proporciona una visión general de normas jurídicas y principios de derecho penal internacional y de la UE pertinentes sobre la investigación, el proceso de juicio y sentencia de casos de terrorismo, basado en la Directiva de la Unión Europea, para garantizar que la misma se aplique respetando los Derechos Humanos.
En la sección II de la Guía se ofrece una visión general del derecho y las normas internacionales aplicables y abarca las leyes de contra-terrorismo en los Estados de emergencia, los derechos de las víctimas del terrorismo y los derechos humanos implicados en los delitos previstos en la Directiva (principio de legalidad, no-discriminación, restricciones a la libertad de circulación, expresión, asociación, reunión, intimidad, vida privada y familiar y derecho a la participación política). La sección III proporciona orientación específica y comentarios relacionados sobre cada uno de los delitos de la Directiva; y la sección IV abarca los derechos de los sospechosos en el proceso penal: la investigación, el procesamiento y el juicio.
La Guía se presenta hoy en un seminario web en línea coorganizado por la eurodiputada Saskia Bricmont, del Partido Verde Europeo y la Alianza Libre Europea (Greens/EFA), y entre los oradores figuran jueces y abogados nacionales, expertos internacionales, y representantes de la Comisión Europea, Eurojust, la Agencia de Derechos Fundamentales de la UE y miembros del Parlamento Europeo; véase el programa aquí.
Contactos:
Róisín Pillay, Directora del Programa de Europa y Asia Central; roisin.pillay(a)icj.org
Karolína Babická, Asesora jurídica del Programa de Europa y Asia Central; karolina.babicka(a)icj.org
Descargar:
Guidance-counterterrorism-ESP-2020 (Guía en español)
Guidance-counterterrorism-ENG-2020 (Guía en inglés)
Guidance-counterterrorism-FR-2020 (Guía en francés)
Guidance-counterterrorism-ITA-2020 (Guía en italiano)
Guidance-counterterrorism-DE-2020 (Guía en alemán)