Nov 15, 2020 | Editorial, Noticias
Una opinión editorial de César Landa, Comisionado de la CIJ.
El pasado 9 de noviembre el Congreso peruano destituyó al Presidente de la República Martín Vizcarra, al declararlo incapaz moral para mantenerse en el cargo, debido a la difusión de audios y declaraciones en los medios de comunicación sobre supuestos actos de corrupción, pese a que el Presidente ha estado dispuesto a colaborar con las investigaciones independientes que los fiscales del caso realizan actualmente.
Esa drástica decisión parlamentaria se adoptó en medio de una de las mayores crisis sanitaria, social y económica originada por la pandemia de la COVID-19, y ante la convocatoria a elecciones políticas generales congresales y presidenciales previstas para el 11 de abril del 2021.
Además, este procedimiento sumario se realizó sin tener en cuenta que el debido proceso previsto en la Constitución es el impeachment establecido en los artículos 99, 100 y 117 de la Constitución; este último artículo señala taxativamente las excepciones a la inmunidad presidencial. Las causales que permiten la destitución de un presidente son traición a la patria, impedir las elecciones, disolver el Congreso “salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución”, e impedir la reunión o funcionamiento del parlamento u órganos electorales.
En cambio, el Congreso utilizó una cláusula amplia de “permanente incapacidad moral o física” contenida en el numeral 2 del artículo 113 de la Constitución, que está establecida para decretar una vacancia presidencial excepcional, en una suerte de simulación o fraude a la Constitución y sin las garantías del debido proceso que son propias del impeachment. Dicha cláusula, que no es objetiva, está bajo examen constitucional ante el Tribunal Constitucional que debe resolver un proceso presentado por el Poder Ejecutivo en contra del Congreso por uso abusivo de dicha causal.
El rechazo a la forma de llevar la vacancia ha sido expresado por varias instituciones nacionales como la Defensoría del Pueblo, universidades, gremios y académicos. Pero, sobre todo, por la movilización social espontánea en las calles de todo el país, que inició el 9 de noviembre y que continúa día tras día bajo represión policial. Las manifestaciones se deben a la ruptura del orden constitucional en la sucesión presidencial, en especial dado que, de los 130 congresistas del Congreso Unicameral peruano, 68 tienen investigaciones penales y judiciales, incluido el Presidente Congreso, Manuel Merino, quien asumió la Presidencia de la República.
Esta situación es amenazante al principio de separación de poderes, pues el poder queda concentrado en miembros del Congreso, porque ahora la Presidencia la ocupa el presidente del Congreso. Además, el Congreso ha decidido reemplazar a seis magistrados de los siete integrantes del Tribunal Constitucional que, si bien tienen su mandato vencido, se presenta sin las garantías de transparencia, meritocracia y pluralidad. Ello es importante debido a que el Tribunal Constitucional es el máximo órgano encargado de interpretar la Constitución, para proteger los derechos fundamentales y rechazar los excesos de los poderes públicos.
También es relevante, por cuanto antaño los conflictos políticos entre el Congreso y el Ejecutivo se resolvían mediante golpes de Estado militares o civiles –el último fue el de Alberto Fujimori en año1992-; de modo que, el Tribunal Constitucional, en tanto se mantenga como un órgano independiente y autónomo, seguirá siendo garante de la democracia constitucional contemporánea. Por eso, la demanda del Ejecutivo contra el Congreso al inicio del proceso de la vacancia presidencial está en proceso de ser resuelta por el Tribunal Constitucional, con base en estándares constitucionales e internacionales de respeto al principio de control y balance de poderes, a fin de que en este grave período de emergencia sanitaria por la COVID-19, se aseguren los derechos fundamentales políticos, económicos y sociales, sobre todo de las personas más vulnerables.
Este fenómeno de populismo parlamentario autoritario ha concitado el rechazo de la opinión pública, porque revela un patrón de conducta que se expresa en las leyes que ha dictado el Congreso desde su instalación en marzo limitando los derechos ciudadanos, como la Ley N° 31012, Ley de Protección Policial, que prohíbe a los jueces evaluar los requisitos de necesidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza cuando la policía es denunciada por abusos. Asimismo, como la promulgación de la Ley N° 31018 que afecta la seguridad contractual, porque anuló los contratos de los concesionarios de las autopistas, declarando además que no tenían derechos compensatorios; esta ley fue declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional. Además, el Congreso dictó otras normas que fueron objeto de observaciones por parte del Presidente depuesto, por sus visos de abierta inconstitucionalidad.
De esta forma, Perú atraviesa una crisis política y de su estado de derecho a raíz de la inconstitucional decisión del Congreso de declarar la vacancia del Presidente. Por ello, la instalación del nuevo gobierno, pese a que están convocadas las elecciones generales para el 11 de abril de 2021, ha creado inestabilidad en el equilibrio y balance de poderes, inseguridad en las instituciones autónomas (como el Tribunal Constitucional y el Jurado Nacional de Elecciones), y existe preocupación por la posible reforma del proyecto de presupuesto público ya elaborado para el 2021. También, existe fundada preocupación por la paralización de la profunda reforma educativa universitaria que desterró a grupos de poder en el manejo mercantil de varias universidades –sin calidad académica-, cuyos propietarios son algunos de los actuales congresistas promotores de la vacancia presidencial, y, porque el abogado de una de la universidad cuestionadas ha sido nombrado Presidente del Consejo de Ministros –Flores Araoz-.
Por eso, es necesario salvaguardar la separación de poderes, garantizar la independencia judicial, y asegurar la protección de los derechos humanos en el país. Para ello, se debe condenar el uso de las instituciones constitucionales para fines que afectan el principio de separación de poderes, base para el control y balance de poderes en una democracia. También, se debe asegurar que las elecciones de los nuevos magistrados del Tribunal Constitucional cumplan con los estándares internacionales y se realicen a través de un proceso transparente y público, que sea llevado a cabo por el nuevo Congreso que el pueblo peruano elija libremente el año 2021.
Nov 15, 2020 | Artículos, Noticias
La destitución del presidente de Perú Martín Vizcarra por el Congreso del país ha socavado el respeto al principio de separación de poderes y ha precipitado una crisis del Estado de Derecho, dijo hoy la CIJ.
El 9 de noviembre, el Congreso de Perú utilizó el artículo 113 (2) de la constitución del país, que rara vez se utilizaba, para ‘vacar’ el mandato de Vizcarra por motivos de “incapacidad moral permanente” para el cargo y juró al presidente del Congreso, Manuel Merino, como Presidente del país.
La justificación para la destitución de Vizcarra fueron las acusaciones de corrupción durante la época en que Vizcarra fue gobernador de la región de Moquequa en 2011-2014. Estas denuncias ya están siendo investigadas por la Fiscalía.
La CIJ observa que la Corte Constitucional de Perú tiene un caso pendiente para revisar la consistencia constitucional del uso de la cláusula de causal de “incapacidad moral permanente” para delitos comunes. La Constitución peruana contempla un procedimiento separado de acusación que no se ha seguido en este caso. Sin embargo, el Congreso aplicó la cláusula de “incapacidad moral” en un procedimiento apresurado y con la decisión de la Corte Constitucional pendiente.
“El Congreso de Perú se ha adelantado a la decisión de la Corte Constitucional y aplicó una interpretación legal excesivamente expansiva y altamente controvertida del artículo 113 (2) para derrocar a un presidente, comprometiendo así la autoridad del Poder Judicial y del Ejecutivo”, dijo el Secretario -General de la CIJ, Sam Zarifi.
“Esta extralimitación del Poder Legislativo ha llevado al país a una crisis de estado de derecho que también amenaza el respeto a los derechos humanos en el país”, agregó.
Los manifestantes que se manifestaban contra la expulsión de Vizcarra se han enfrentado a malos tratos y detenciones arbitrarias por parte de la policía y las fuerzas de seguridad.
La CIJ pide a las autoridades peruanas que respeten el derecho a la libertad de reunión y protesta pacífica y que desistan de cualquier forma de uso ilegal de la fuerza. Las denuncias de violaciones de malos tratos y otras violaciones de derechos humanos deben investigarse con prontitud, de forma exhaustiva e imparcial. La CIJ también insta a que se respete la independencia del poder judicial, en particular en lo que respecta al Tribunal Constitucional y sus funciones.
Sep 30, 2020 | Artículos, Eventos, Noticias
Durante décadas, las víctimas de desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales en América Latina han demando justicia, verdad y reparación. A pesar de estos esfuerzos, la impunidad en estos delitos es alta. En algunos casos, las víctimas han esperado por más de cuatro décadas para que se haga justicia.
Como parte de su estrategia para promover la rendición de cuentas en casos de graves violaciones a los derechos humanos alrededor del mundo, la CIJ, junto con sus socios, está implementando un proyecto regional para promover justicia en casos de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas en Colombia, Guatemala y Perú.
El proyecto cuenta con el apoyo de la Unión Europea. Uno de los resultados del proyecto ha sido apoyar la elaboración de tres casos emblemáticos por parte de los socios locales de la CIJ.
En Colombia, para ilustrar uno de los patrones de ejecuciones extrajudiciales, la Asociación de Red Defensores y Defensoras de Derechos Humanos (dhColombia) produjo un documento sobre tres casos de ejecuciones extrajudiciales cometidos de 2005 a 2008. El documento Una práctica sistemática ejecuciones extrajudiciales en el eje cafetero (2006-2008) presenta las dificultades que las víctimas y sus abogados han enfrentado para demostrar la responsabilidad de demando en estos casos.
En Perú, el Instituto de Defensa Legal (IDL) documentó la desaparición forzada de estudiantes universitarios y profesores entre 1989 y 1993, en el momento más argüido del conflicto interno peruano. En el documento Los desaparecidos de la Universidad Nacional del Centro IDL describe el difícil camino jurídico que las víctimas han enfrentado, para llevar a la justicia a los agentes del Estado que estarían involucrados en estos crímenes.
En Guatemala, para subrayar la manera en como se cometieron desapariciones forzadas contra las comunidades rurales en el marco del conflicto armado guatemalteco, la Asociación de Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Guatemala (Famdegua) escribió acerca de la desaparición de más de 500 personas en la región de las Veparaces. En el informe Las desapariciones forzadas en la región de las Verapaces se presenta la historia de cinco de estos casos.
Estos tres informes contribuyen a comprender la prevalencia de estas violaciones en América Latina y las opciones disponibles para hacer frente a la impunidad.
El 30 de septiembre de 2020, la CIJ organizará un webinar regional para discutir la protección y garantía de los derechos de las víctimas de desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales en Argentina, Colombia, Chile, Guatemala y Perú. El webinar será transmitido en vivo en la página de Facebook de la CIJ, a las 14 horas (hora de Guatemala) / 15 horas (hora de Colombia y Perú) / 17 horas (hora de Chile y Argentina).
Contactos:
Kingsley Abbott, Coordinador de la iniciativa global de rendición de cuentas de la CIJ. Correo electrónico: kingsley.abbott(a)icj.org
Carolina Villadiego, Asesora Legal, América Latina y coordinadora regional del proyecto. Correo Electrónico: carolina.villadiego(a)icj.org
Rocío Quintero M, Asesora Legal, América Latina. Correo electrónico: rocio.quintero(a)icj.org
Aug 20, 2020 | Artículos, Noticias
A pesar de esfuerzos significativos para recuperar e identificar restos óseos en América Latina, todavía hay miles de casos donde los restos no han sido identificados y entregados a los familiares. Asimismo, se debe destacar el hecho de que los familiares todavía tienen problemas para entender y participar en el proceso forense.
Con el fin de contribuir a la solución de este problema, el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) lanzó hoy una guía forense con información práctica y accesible sobre la investigación, recuperación y análisis de restos óseos.
La guía es particularmente útil para las personas que no tienen previos conocimientos forenses. Además, contribuirá para mejorar el entendimiento y la participación de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil en la búsqueda de personas desaparecidas.
La guía fue escrita por Luis Fondebrider, director ejecutivo del EAAF y para su elaboración se tuvo en cuenta los estándares internacionales en la materia, incluyendo el Protocolo de Minnesota sobre la Investigación de Muertes Potencialmente Ilícitas (2016). La Comisión Internacional de Juristas (ICJ), el Equipo Peruano de Antropología Forense (EPAF) y la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG) contribuyeron con insumos para la elaboración de la guía.
La guía fue lanzada durante un webinar. Los panelistas del evento fueron Luis Fondebrider del EAAF; Claudia Rivera de la FAFG y Franco Mora del EPAF. Contó con la moderación de Carolina Villadiego de la CIJ.
En el lanzamiento, todos los expertos forenses enfatizaron en el rol central que los familiares de las personas desaparecidas deben tener en el proceso de investigación, recuperación y análisis de restos óseos. En particular, se resaltó que los familiares no solo tienen información clave para encontrar los restos, sino que también, son los que impulsan estos procesos.
Actualmente, la guía está disponible en español y en los próximos meses estará disponible en inglés.
Contexto:
La guía fue producida como parte de un proyecto regional para promover justicia para ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas en Colombia, Guatemala y Perú, que es coordinado por la CIJ.
El objetivo principal del proyecto es mejorar la rendición de cuentas en casos de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas, a través del fortalecimiento de capacidades de jueces, fiscales, investigadores, víctimas, abogados, forenses, y organizaciones de la sociedad civil. El proyecto cuenta con el apoyo del Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos (IEDDH).
Además, se implementa en conjunto con la Asociación Red de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos de Colombia (dhColombia), el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), la Asociación de Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Guatemala (FAMDEGUA), el Equipo Peruano de Antropología Forense (EPAF), la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG), y el Instituto de Defensa Legal de Perú (IDL).
Contactos:
Kingsley Abbott, Coordinador de la iniciativa global de rendición de cuentas de la CIJ. Correo electrónico: kingsley.abbott(a)icj.org
Carolina Villadiego, Asesora Legal, América Latina y coordinadora regional del proyecto. Correo Electrónico: carolina.villadiego(a)icj.org
Feb 12, 2019 | Artículos, Noticias
Hoy en Bogotá, Colombia, la CIJ, junto con sus socios en la región, lanzaron el proyecto “Promoviendo justicia para ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas en Colombia, Guatemala y Perú”, en el marco de la Iniciativa de Responsabilidad Global de la CIJ.
El objetivo del proyecto es promover la rendición de cuentas y el acceso a recursos efectivos y medidas de reparación para las víctimas y sus familias, en casos de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas en Colombia, Guatemala y Perú.
Este proyecto se implementa en conjunto con la Asociación Red de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos de Colombia (dhColombia), el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), la Asociación de Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Guatemala (FAMDEGUA), el Equipo Peruano de Antropología Forense (EPAF), la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG), y el Instituto de Defensa Legal de Perú (IDL).
Además, Christof Heyns, director del Instituto de Derecho Internacional y Comparado en África de la Universidad de Pretoria, y ex Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, se une al proyecto como asesor especial.
En el marco de este proyecto, se realizarán estudios generales sobre los obstáculos existentes para la investigación y judicialización de estas graves violaciones a los derechos humanos en Colombia, Guatemala y Perú, y se documentarán casos emblemáticos de las violaciones ocurridas en dichos países. También, se producirá una guía para uso de la sociedad civil, las víctimas y sus representantes, sobre la investigación y el enjuiciamiento de muertes potencialmente ilegales; y se elaborará una guía para expertos forenses sobre la investigación de estas graves violaciones. Adicionalmente, se realizarán litigios estratégicos y observaciones de audiencias, así como actividades de capacitación que involucren a jueces, fiscales, investigadores, abogados, grupos de víctimas y expertos forenses.
El proyecto cuenta con el apoyo del Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos (IEDDH).
Contactos:
Kingsley Abbott, asesor legal senior y coordinador de la iniciativa global de rendición de cuentas de la CIJ. Correo electrónico: kingsley.abbott(a)icj.org
Rocío Quintero M, asesora legal, América Latina. Correo electrónico: rocio.quintero(a)icj.org