Una opinión editorial de Carolina Villadiego Burbano, Asesora Legal para America Latina de la CIJ, y Carlos Lusverti, Consultor de la CIJ.
Los derechos humanos de las mujeres se han visto severamente afectados durante la pandemia de COVID-19 alrededor del mundo y Venezuela no es una excepción a esta tendencia. En medio de la crisis de derechos humanos generalizada que el país atraviesa desde 2014, y que ha tenido un impacto desproporcionado en mujeres y niñas, la COVID-19 y las medidas extraordinarias adoptadas por el gobierno para atender la pandemia han agravado la situación de derechos humanos de las mujeres.
En octubre de 2020, esta situación fue reconocida por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
Teniendo en cuenta lo anterior, en este texto analizamos las afectaciones al derecho a la salud y al derecho a una vida libre de violencia que enfrentan las mujeres en Venezuela durante la pandemia, con el objetivo de presentar algunas recomendaciones.
La salud de las mujeres está en riesgo
De acuerdo con la Comisión Económica para America Latina (CEPAL), las mujeres en Latinoamérica están significativamente afectadas durante la pandemia, y en el sistema de salud “representan el 72,8% del total de personas ocupadas en ese sector en la región.”
En Venezuela, el sistema de salud ya se encontraba en estado crítico antes que la pandemia envolviera al país, y la COVID-19 ha agravado la situación.
Durante varios años, distintas instituciones y organizaciones han descrito el terrible estado del sistema de salud en el país, y desde que estalló la pandemia, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y Human Rights Watch han mencionado la necesidad de proteger el derecho a la salud de las personas en Venezuela; la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha dado declaraciones similares.
Durante la pandemia, los limitados servicios de salud fueron direccionados principalmente a atender la COVID-19.
Esto tuvo como resultado una disminución del acceso a los servicios de salud no relacionados con COVID-19, incluidos aquellos necesarios para la atención en salud sexual y reproductiva y para mujeres gestantes.
Así, un grupo de 91 organizaciones de la sociedad civil y varias personas expresaron su preocupación por casos de mujeres embarazadas con sospechas de COVID-19 a quienes se les habría negado la atención oportuna, así como la suspensión de servicios pre y post natales en los centros de salud materna.
Este grupo destacó la necesidad de que las autoridades garanticen los derechos de las mujeres y niñas, incluyendo la atención en salud sexual y reproductiva.
Además, en cantidades alarmantes, las mujeres son responsables principales del cuidado de personas dependientes o que necesitan cuidado en el hogar, lo que las ha expuesto a riesgos adicionales durante la pandemia.
La Asociación Venezolana de Educación Sexual Alternativa (AVESA), una ONG local, ha documentado cómo las medidas de encierro y cuarentena han incrementado las tareas domésticas y han profundizado los problemas económicos que las mujeres ya estaban experimentando antes de la pandemia.
Las autoridades venezolanas deben actuar de manera más efectiva para proteger los derechos de las mujeres durante la pandemia de conformidad con sus obligaciones legales derivadas del derecho internacional de los derechos humanos.
En efecto, Venezuela es parte de varios tratados de derechos humanos que prevén estas obligaciones, incluyendo la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (“Convención de Belém do Pará”) y la Convención de la ONU sobre la Eliminación de todas las Formas de discriminación contra la mujer (“CEDAW” por sus siglas en inglés).
El Comité de la CEDAW ha declarado que los Estados deben “[a]bordar el impacto desproporcionado de la pandemia en la salud de la mujer”; “[g]arantizar los servicios de salud sexual y reproductiva en tanto servicios esenciales”; “[p]roteger a las mujeres y niñas de la violencia de género”; y “[f]ortalecer la respuesta institucional, la difusión de información y la recopilación de datos”, entre otras recomendaciones.
Adicionalmente, las autoridades venezolanas deben adoptar políticas para la prevención y tratamiento de la COVID-19 con perspectiva de género, considerando un enfoque interseccional y los diferentes contextos en los que las mujeres pueden vivir en Venezuela, incluyendo la situación de pobreza.
Además, las autoridades deben asegurar la asignación adecuada de recursos al sistema de salud, garantizar el derecho a la salud del personal de la salud, y brindar servicios de salud sexual y reproductiva para todas las mujeres.
El hogar es un lugar inseguro para las mujeres
En 2019, organizaciones de la sociedad civil venezolana reportaron que en el 58.6% de los casos de violencia contra las mujeres, los perpetradores fueron sus parejas. Adicionalmente, en un 7,7% de los casos, los ataques fueron perpetrados por exparejas. De acuerdo con el monitoreo de medios que realiza COTEJO, durante ese año, 107 mujeres fueron víctimas de feminicidios.
El representante en Venezuela del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) dijo que, durante el primer semestre de 2020, ocurrieron más feminicidios que muertes por COVID-19. Por su parte, el Ministerio Público reportó el ingreso de 185 causas del delito de feminicidio durante 2020.
De otro lado, desde el inicio de la pandemia y hasta comienzos de octubre, la mayoría de juzgados y tribunales estuvieron cerrados, por lo cual, las mujeres han enfrentado mayores obstáculos para acceder a la justicia durante la pandemia.
Además, la Oficina de la ACNUDH dijo en julio que ha observado “una falta de diligencia debida en los procesos de investigación relativos a casos de violencia de género” en Venezuela.
Asimismo, según informó el Centro de Justicia y Paz (CEPAZ), una ONG local, existen varios obstáculos para el acceso a la justicia de las mujeres, incluida la evasión de las responsabilidades policiales cuando las mujeres acuden a presentar denuncias o la falta de respuestas rápidas por parte las fiscalías que dan lugar a que las víctimas tengan que pedir información de manera reiterada.
Por este motivo, las autoridades venezolanas deben abordar la violencia de género de conformidad con sus obligaciones legales derivadas del derecho internacional, incluyendo aquellas contenidas en la Convención Interamericana de Belem Do Pará que enfatiza que el Estado debe “actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer” (artículo 7b).
Asimismo, las autoridades venezolanas deben garantizar que el sistema de justicia brinde servicios a las mujeres víctimas de violencia de género, e incluir la adopción de protocolos específicos para la investigación efectiva y la protección de las víctimas.
Las autoridades deben cumplir la reciente sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (caso Lopez Soto de 2018), y deben implementar programas de capacitación permanentes y obligatorios para los servidores públicos que laboran en el sistema judicial y en el sistema de salud, y que intervienen en los casos de mujeres víctimas de cualquier tipo de violencia.
Finalmente, las autoridades venezolanas deben permitir la acción legítima de las organizaciones humanitarias, quienes pueden brindar ayuda humanitaria con perspectiva de género durante la pandemia.